Unión Española de Cooperativas de Enseñanza

> Aplicación de las nuevas normas contables en Sociedades Cooperativas de Enseñanza

Reformas y adaptaciones normativas realizadas en las diferentes Legislaciones Autonómicas

Los cambios que se han producido en la normativa mercantil española, así la Ley 16/2007, de 4 de julio, de reforma y adaptación de la legislación mercantil en materia contable para su armonización internacional con base en la normativa de la Unión Europea, y el nuevo Plan General de Contabilidad publicado mediante el Real Decreto el 16 de noviembre de 2007, que entró en vigor el 1 de enero de 2008, hacen necesario plantear una modificación en la legislación cooperativa, de manera que cada cooperativa, en función de sus circunstancias, pueda tomar decisiones sobre su estructura de capital.

Según se recoge en el punto 9.3 de las Normas de Registro y Valoración del Plan General de Contabilidad "los instrumentos financieros emitidos, incurridos y asumidos se clasificarán como pasivos financieros, en su totalidad o en una de sus partes, siempre que de acuerdo con su realidad económica supongan para la empresa una obligación contractual, directa o indirecta, de entregar efectivo u otro activo financiero…".

En base a lo anterior, todas las obligaciones de pago derivadas de instrumento financiero y, de manera particular, las que afectan al reembolso de las aportaciones de capital de las cooperativas, serán consideradas como pasivo financiero. Por ello, en función de dicha normativa, es preciso clasificar el capital, aportado por los socios, como patrimonio o como pasivo, con todas las consecuencias que ello conlleva, en función de que el mismo sea exigible o no.

Esta nueva regulación contable ya está en vigor desde el año 2005 para las cooperativas de crédito así como para las cooperativas directamente sometidas a las Normas Internacionales de Contabilidad.

Las restantes cooperativas han dispuesto desde el 2008 de una prórroga temporal de la situación anterior, específicamente destinada a dar tiempo a las leyes autonómicas y a las propias cooperativas a adaptarse al nuevo tratamiento contable del capital. Durante estos años, la legislación general de cooperativas y algunas leyes autonómicas se han modificado, con el fin de permitir a las cooperativas reguladas por las mismas que así lo desearan configurar su capital de acuerdo con las características exigidas por la nueva regulación para la calificación como Patrimonio Neto.

Esta prórroga ha finalizado el 31 de diciembre de 2010, ello implica, que a partir del 1 de enero de 2011 ha entrado en vigor esta nueva regulación contable del capital cooperativo.

Sin embargo, si se considerase que las sociedades cooperativas que cierran sus ejercicios antes del 31 de diciembre de 2011 tienen que aplicar los nuevos criterios, estas entidades habrían gozado de un plazo transitorio inferior, sólo dos ejercicios, para poder adaptarse a los nuevos criterios.

Esto, junto al análisis pormenorizado de la normativa ha llevado al Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas a expresar su opinión en el sentido de que las sociedades que finalicen sus ejercicios económicos antes del 31 de diciembre de 2011, habiéndolos iniciado antes de 31 de diciembre de 2010, podrán seguir aplicando el régimen de derecho transitorio prorrogado por el Real Decreto 2003/2009, de 23 de diciembre.

Las legislaciones autonómicas que aún no han efectuado la modificación disponen de los primeros meses del 2011, para preparar la propuesta de modificación, de tal manera que cuando se constituyan los parlamentos, después de las elecciones autonómicas, comience la tramitación parlamentaria, debiendo estar aprobada a más tardar en el mes de octubre de 2011. Dando margen a la correspondiente modificación estatutaria en todas las cooperativas en el 2011.

Con este dispositivo desde la Unión Española de Cooperativas de Enseñanza – UECoE, pretendemos dar una visión general de la normativa de las Sociedades Cooperativas y su situación actual en cada una de la Comunidades Autónomas y en las de ámbito de aplicación estatal, presentando la normativa mercantil de referencia y la normativa de adaptación a las normas contables, así como una serie de recomendaciones, esperando sea de interés a todas las Cooperativas.